CONFERENCIA (CUMBRE)

La Cumbre es el órgano supremo de la Comisión. Está compuesto por los Jefes de Estado y de Gobierno o sus representantes debidamente autorizados.

Se reúne una vez al año en sesión ordinaria y en cualquier momento, en sesión extraordinaria, bajo el acuerdo de los dos tercios de los Estados Miembros de la Comisión.

La Cumbre tiene los siguientes deberes:

  1. Establecer la política general y las grandes orientaciones de la Comisión;
  2. Control de funcionamiento y de la Comisión;
  3. Apreciarlos los informes del Consejo y tomar las decisiones adecuadas;
  4. Decidir, en última instancia, sobre todas las cuestiones para las que el Consejo no puede tomar una decisión;
  5. Crear cualquier órgano o Comisiones Especializadas de la Comisión,
  6. Determinar el presupuesto de la Comisión;
  7. Nombrar y destituir al Secretario Ejecutivo
  8. Fijar la sede de la Comisión

La Conferencia toma decisiones por consenso o, en su defecto, por mayoría de 2/3 de los Estados presentes.

Para reunirse y deliberar legítimamente requiere un quórum de 2/3 de los Estados miembros de la Comisión